
(AGENPARL) – ven 02 giugno 2023 GABINETE DE PRENSA
MINISTERIO
DE CULTURA
Y DEPORTE
Nota de prensa
El BOE publica hoy la modificación de la
Orden que regulará las ayudas estatales
para la producción de largometrajes y
cortometrajes
• La nueva Orden modifica aspectos relativos a la financiación,
distribución y promoción de las películas, simplifica procedimientos y
avanza en el fomento de la sostenibilidad medioambiental
• Esta Orden de bases afecta ya a la próxima convocatoria de ayudas
generales para la producción de largometrajes y de cortometrajes
realizados que se publicarán de forma inminente
2 de junio de 2023.- La Orden Ministerial que regulará las ayudas estatales para
la producción de largometrajes y cortometrajes se ha publicado hoy en el Boletín
Oficial del Estado. La nueva Orden modifica a su vez dos órdenes que sirven de
base para el sistema de ayudas a la producción de cine: la Orden CUD/582/2020
de bases reguladoras para la concesión de las ayudas y la Orden
ECD/2784/2015, de 18 de diciembre, por la que se regula el reconocimiento del
coste de una película y la inversión del productor.
Mediante esta orden se realizan diversas modificaciones al reconocimiento del
coste, así como al régimen de ayudas a la producción y a la distribución
cinematográfica que, si bien han sido objeto de una regulación reciente, precisan
de ajustes que se han puesto de manifiesto como consecuencia de su
aplicación, con el fin de favorecer el sistema de financiación de las películas
cinematográficas, que puedan desarrollarse en las mejores condiciones
posibles y sean más competitivas en un entorno global.
En general, se modifican aspectos relativos a las cuantías y fórmulas de pago
de las ayudas, así como a su distribución y promoción, se simplifican
procedimientos y se avanza en el fomento de la sostenibilidad medioambiental.
Con esta nueva Orden se establece un sistema que facilita la participación en
varios procesos de selección durante una misma convocatoria o a lo largo de un
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Esta información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar fuentes
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ejercicio. Si un beneficiario con todos los puntos no obtuviese ayuda por no
existir crédito en la primera fase, pasaría directamente a la segunda fase sin
necesidad de presentar nueva solicitud. También se limita el número de veces
que un proyecto se puede presentar en un ejercicio.
En este sentido, la nueva Orden permite publicar las líneas de convocatorias a
cortometrajes, cortometrajes sobre proyecto y cortometrajes realizados, con dos
o más procedimientos de selección (la Orden CUD/582/2020 no lo permitía).
En las ayudas generales, los pagos dejan de estar vinculados a tres momentos
o hitos del proceso de producción. Se propone hacer dos pagos en dos ejercicios
presupuestarios. En el caso de películas de documentales y coproducciones
internacionales, se flexibilizan los plazos para iniciar y finalizar el rodaje y para
solicitar la calificación.
Además, se reduce de un 10% a un 8% en las ayudas generales y de un 8% a
un 5% en las ayudas selectivas la obligación de destinar un porcentaje a copias,
publicidad y promoción de la película, que puede descender un 1% más en
ambas líneas en función del porcentaje de ayuda recibida. Esta medida se
aplicará con carácter retroactivo a los proyectos beneficiarios de ayuda en 2022
y se establece de acuerdo al nuevo marco en el que se realizan estas
inversiones tal y como reclamaba el sector.
Por otro lado, se amplía de 9 a 12 meses la obligación de que una película se
exhiba en un número determinado de salas (sólo para las ayudas generales, las
ayudas selectivas ya cuentan con ese plazo).
La nueva Orden amplía la cuantía de ayudas a los cortometrajes, pasando de
un máximo de 70.000 euros a 100.000 euros y a 180.000 euros si es un
cortometraje de animación. Además, se establece una reserva mínima del 8%
para cortometrajes de animación, dando continuidad al impulso que se le quiere
dar a este sector.
La nueva Orden de bases afectará ya a la próxima convocatoria de ayudas
generales para la producción de largometrajes que se publicará de forma
inminente.
Consulta la Orden Ministerial aquí.
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