
(AGENPARL) – mar 11 giugno 2024 GABINETE DE PRENSA
MINISTERIO
DE CULTURA
Consejo de Ministros
El Gobierno retoma el proyecto de Ley del
Cine y de la Cultura Audiovisual y lo
remite a las Cortes
Nota de prensa
• Solicita su tramitación parlamentaria por el procedimiento de urgencia
dado que el texto supone una necesaria actualización legislativa ante
las nuevas formas de producción y consumo del audiovisual
• Enmarcada en el Plan España, Hub Audiovisual de Europa y en el Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la norma se propone
fortalecer toda la cadena de valor del tejido creativo e industrial, con
especial atención a los sectores independientes
• Pretende impulsar mecanismos que aumenten la fortaleza y la
competitividad de las empresas y profesionales del sector español en
el entorno internacional
• Establece condiciones que favorezcan la creación y la promoción, así
como medidas para la protección y difusión del patrimonio
cinematográfico y audiovisual español, la formación y la educación en
cultura audiovisual
• Surgido de un amplio consenso entre todas las partes, el texto plasma
el compromiso con la producción independiente, además de potenciar
la diversidad, la igualdad, la accesibilidad y el fomento de las lenguas
oficiales y estatutarias
• Una de las novedades destacadas es la creación del Consejo Estatal
de la Cinematografía y de la Cultura Audiovisual, que promoverá
espacios para el debate, la conciliación y la mediación
11-junio-2024.- El Consejo de Ministros ha dado luz verde, en su reunión de
este martes, a propuesta del ministro de Cultura, Ernest Urtasun, y del ministro
de Transición Digital, José Luis Escrivá, al proyecto de Ley del Cine y de la
Cultura Audiovisual. Será remitido a las Cortes Generales para su tramitación
por la vía de urgencia y aprobación antes de que finalice 2024, cumpliendo así
con los objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El
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Gobierno ha aprobado el mismo texto validado en diciembre de 2022, que
decayó como Proyecto de Ley al disolverse el Congreso y el Senado por la
convocatoria de elecciones de generales. Durante el trámite parlamentario, el
texto legislativo está abierto a las enmiendas que puedan presentar los
diputados y grupos parlamentarios.
La norma, que se contempla dentro del Plan España, Hub Audiovisual de
Europa, pretende impulsar y fomentar la producción, distribución y exhibición
de obras audiovisuales; y establece tanto condiciones que favorezcan su
creación y promoción, como medidas para la protección y difusión del
patrimonio cinematográfico y audiovisual español.
El principal de sus objetivos es fortalecer toda la cadena de valor del tejido
creativo e industrial, con especial atención a los sectores independientes por
constituir elementos esenciales de la diversidad cultural. Asimismo, trata de
dar respaldo a los autores y autoras, y al pleno ejercicio de los derechos de
propiedad intelectual. También pretende impulsar mecanismos que mejoren la
competitividad de las empresas y profesionales en el entorno internacional.
Tiene, además, la intención de garantizar la defensa de la competencia en el
mercado audiovisual, la transparencia de la información sobre asistencia y
visionados de las obras audiovisuales, así como el adecuado ejercicio de los
derechos de propiedad intelectual por parte de sus titulares. Y aborda la
protección del patrimonio cinematográfico y audiovisual de una manera más
amplia y acorde con la Recomendación de la Comisión de 27 de octubre de
2011, sobre la digitalización y accesibilidad en línea del material cultural y la
preservación digital.
Para ello, la normativa se adapta a los profundos avances y transformaciones
que ha experimentado el sector desde que entró en vigor la Ley actual en
2007, alineándose con la normativa europea en la materia. En este periodo, se
han incorporado nuevos contenidos y servicios de distribución, explotación y
difusión, propios de un mercado global y de una sociedad caracterizada por la
cultura y la economía digital.
En el título de la ley se ha incorporado el concepto de ‘cultura audiovisual’
junto al de ‘cine’, al entender que la actividad cinematográfica y la actividad
audiovisual constituyen una unidad que integra las especificidades de los
distintos medios de explotación y difusión de las obras audiovisuales. Por lo
tanto, se deja constancia, ya en el título, de la intención de ampliar el campo
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de acción normativa al audiovisual en su conjunto, sin perjuicio de que la
actividad cinematográfica continúe manteniendo un especial nivel de atención
y protección.
Con el fin de garantizar la sostenibilidad y adecuación del sector de la
cinematografía y la cultura audiovisual a las transformaciones de la actualidad,
el Consejo de Ministros estima necesaria la aprobación y entrada en vigor con
la mayor celeridad posible. Así, la futura Ley se adapta a las nuevas dinámicas
del sector audiovisual, creando instrumentos que respondan a las
necesidades, avances y retos de creadores, industria y públicos. Esta Ley es
una reforma incluida en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, cuyo objetivo es fortalecer el tejido empresarial, mejorar el clima
de inversión y consolidar a España como plataforma de inversión audiovisual y
país exportador de productos audiovisuales.
Compromiso con la producción independiente
La Ley busca apoyar y fomentar la diversidad cultural, esencial para un
ecosistema audiovisual rico, diferenciado y competitivo de forma global. En
este sentido, el proyecto de Ley destaca por su compromiso con los sectores
independientes y la autonomía creativa, y mantiene la definición de productora
independiente reclamada por el sector. La definición aplica a las medidas de
fomento del audiovisual que recoge el texto, que asimismo hace hincapié en
que la dotación de las convocatorias de ayudas se destinará mayoritariamente
a productoras independientes.
De forma general, el proyecto de Ley subraya la necesidad de ayudas públicas
capaces de impulsar todos los aspectos del audiovisual. Se considera
necesario apoyar todas las fases de creación y promoción de un proyecto
(escritura, desarrollo, pre-producción, distribución…). Por ello, incide en apoyar
también la exhibición; la internacionalización; la organización de festivales,
premios, mercados y eventos profesionales; los proyectos de investigación,
alfabetización cinematográfica y audiovisual y creación de audiencias; las
actividades de formación; los nuevos formatos, nuevas tecnologías y
actividades de I+D+i; o la conservación del patrimonio.
También como novedad, la Ley considera que el Fondo de Protección a la
Cinematografía y al Audiovisual reservará siempre un porcentaje significativo
de su dotación exclusivo para la actividad cinematográfica, aunque incluya
otras formas audiovisuales, como series.
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Diversidad, igualdad y accesibilidad
El fomento de la cinematografía y el audiovisual en lenguas oficiales distintas
del castellano se amplía a las lenguas reconocidas estatutariamente por las
CC.AA. Para el reconocimiento de la nacionalidad española se incluyen no
solo las lenguas oficiales, sino también por primera vez, estas lenguas, así
como las lenguas de signos españolas reconocidas legalmente. Se incluye,
adicionalmente, como requisito para obtener la nacionalidad, el respeto a la
jurisdicción y a la legislación española en materia de propiedad intelectual.
En lo referente al apoyo a las salas de cine, todas las salas cinematográficas
podrán acceder a las ayudas a la exhibición, aunque se mantendrá la especial
atención a las salas independientes o de núcleos rurales.
El proyecto de Ley presta especial atención a la igualdad real entre hombres y
mujeres, a través de reservas específicas en las dotaciones de las distintas
líneas de ayudas. Por ejemplo, la reserva del 35% de la dotación de ayudas a
producción reservada a mujeres a través de las órdenes de ayudas, pasa
ahora a ser una obligación recogida en la Ley que deberán cumplir todas las
ayudas a producción. Adicionalmente, se incluye que el Instituto de la
Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA), organismo autónomo
adscrito al Ministerio de Cultura, a través de la Filmoteca Española, adoptará
iniciativas destinadas a visibilizar la producción y el papel de las mujeres en el
patrimonio cinematográfico y audiovisual español.
También se mantiene la cuota de pantalla (el porcentaje que los exhibidores
han de reservar a cine nacional y europeo): pasa de un 25% a un 20%, e
incluye, como novedad, cine latinoamericano y cine dirigido por mujeres.
En su apuesta por un cine y un audiovisual universal, igualitario y accesible, la
Ley protege especialmente los colectivos con dificultades de acceso por
discapacidad. Será requisito para acceder a las ayudas de largometrajes y
distribución la incorporación de sistemas de accesibilidad. Las empresas que
aspiren a ser beneficiarias de ayudas públicas deberán cumplir con la cuota de
reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad, en el caso de
que les sea aplicable. También se incluye la obligación de cumplir con las
condiciones de accesibilidad universal en la exhibición cinematográfica, al
tiempo que plantea una mejora en la Filmoteca Española en la accesibilidad
para la difusión de las obras cinematográficas.
Protección del patrimonio audiovisual
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La Ley incide en la importancia de la protección y difusión del patrimonio
cinematográfico y audiovisual. Para ello, se modifica la Ley 16/1985, de 25 de
junio, del Patrimonio Histórico Español para incluir expresamente el Patrimonio
Audiovisual y Cinematográfico como integrante del Patrimonio Histórico
Español. La Filmoteca Española se califica como Bien de Interés Cultural
(BIC). Además de contemplar la creación de ayudas específicas para la
conservación del patrimonio audiovisual, determina que los beneficiarios de
ayudas públicas deberán entregar a Filmoteca Española los materiales
necesarios para la mejor conservación del patrimonio.
Consejo Estatal de la Cinematografía y la Cultura Audiovisual
También como novedad, se recoge la creación del Consejo Estatal de la
Cinematografía y la Cultura audiovisual, en el plazo de seis meses desde la
entrada en vigor de la Ley. Será una nueva herramienta para el diálogo, la
comunicación y la cooperación en el ámbito de la cinematografía y la cultura
audiovisual. Compuesto por representantes de la administración, de
asociaciones y organizaciones de los sectores, y vocales de reconocido
prestigio, abordará cuestiones de políticas públicas, alfabetización audiovisual
o patrimonio, entre otras. Entre sus funciones, se añaden en este proyecto de
Ley las de impulsar mecanismos de conciliación, mediación y arbitraje para la
propuesta de acuerdos y solución de controversias, entre otras.
Como novedad, se establece la obligación específica del ICAA de elaborar y
publicar periódicamente un plan estratégico para la cinematografía y la cultura
audiovisual, así como informes anuales sobre las medidas impulsadas y sus
resultados, y las estadísticas y estudios sobre la actividad del sector que se
estimen necesarios y de interés para la ciudadanía.
Por otro lado, se incluye la declaración por parte de las prestadoras del
servicio de comunicación audiovisual (plataformas) de los datos de visionado
de obras audiovisuales, al igual que hacen las salas de exhibición. La posterior
regulación reglamentaria del sistema será la que determine los ámbitos
temporal, geográfico y de volumen de negocio para aportar los datos de
visionados, y que se llevará a cabo a través de una comisión en la que
participará, junto con el ICAA, la Comisión Nacional de los Mercados y la
Competencia.
Anteproyecto de Ley del cine y de la cultura audiovisual.
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